EL HOSPITAL DE SAN BARTOLOMÉ – 1738

EL HOSPITAL DE SAN BARTOLOMÉ – 1738

En las actas capitulares de nuestro pueblo del día 3 de mayo de 1738, se puede leer un interesante párrafo que alude al hospital de San Bartolomé, que nuestra hermandad regentó desde que se fusionó con la hermandad del Apóstol, allá por 1579-1582. En dicho texto se observa el deterioro que ya en el XVIII sufría el edificio, lo que motivó que en ocasiones los visitadores arzobispales dieran instrucciones precisas a la hermandad, ordenado su reparo. También se dice que dicho hospital fue en su momento Ermita de San Bartolomé. Y el importante dato de que en 1579, más que una fusión, lo que hubo es una integración de la hermandad de San Bartolomé en la de la Soledad, que se hallaba constituida en San Gregorio. Los personajes que intervienen en este año de 1738, como veremos seguidamente, también tuvieron a su disposición las Reglas de 1579-1582, donde efectivamente queda constancia de la situación  de decaimiento en que se hallaba la antiquísima hermandad del Apóstol San Bartolomé.

Se trata de una información que el Cabildo Municipal obtiene por orden superior, ya que se le solicita un informe sobre dicho centro caritativo.

Literalmente, dice así: ” … hay en esta villa una Casa Hospicio de pobres, quien antes era Ermita del Señor San Bartolomé. Y habiéndose arruinado la hermandad (de San Bartolomé), que se componía en dicha Ermita, se agregó en el año de 1579 a la Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, sita en la Ermita de Señor San Gregorio Ossetano de esta villa, quedando la de San Bartolomé desierta. Con cuyo motivo se alzó la mano por esta hermandad, dejándola a beneficio de pobres para su recogimiento, sin que para ello presidiese instrumento autentico y sin tener dicho hospital renta ni tributo a su favor para su conservación y reparos. Y como tal se conserva, en total ruina, y solo se mantiene un cuarto que es donde se albergan los pobres cuando transitan por esta villa. Y para hacer este informe, por no estar actualizado este Cabildo de la creación de dicho hospicio y razón del estado en que se halla, se ha valido del informe de personas ancianas, de los eclesiásticos y de haber reconocido la Regla de la dicha Cofradía de la Soledad, que es cuanto puede informar este Cabildo, en virtud de la citada orden, para que S.M. mande lo que fuere de su mayor satisfacción”.

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