FESTIVIDAD DE SAN BARTOLOMÉ APÓSTOL

FESTIVIDAD DE SAN BARTOLOMÉ APÓSTOL

En el día de ayer, víspera de la fiesta de San Bartolomé, se cumplieron 439 años de la reunión que mantuvieron nuestros hermanos de la Soledad con los cofrades de la antigua hermandad de San Bartolomé, para establecer las bases de la fusión de ambas hermandades. Así, desde aquellos años, en el título y regla de nuestra hermandad quedó unido el del apóstol, y además nuestra hermandad empezó a regentar el Hospital de San Bartolomé, donde nos reuníamos en cabildo, y dábamos cobijo a los pobres, mendigos, transeúntes y necesitados; siendo un importante centro caritativo de nuestro pueblo hasta la segunda mitad del siglo XVIII.

En escrituras de todo tipo, en las reglas, y en documentos de lo más variado, nuestra corporación era titulada como la “Hermandad y Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Señor San Bartolomé”. Así pervivió esta memoria hasta finales del siglo XIX, haciéndose cargo nuestra hermandad de las restauraciones de la imagen del Santo, como consta en los libros conservados.

Hoy, día 24 de agosto, festividad del Santo Apóstol, traemos una vez más la memoria de este santo vinculado históricamente a nuestra hermandad.

A continuación, puede leer la transcripción de un documento de subsidios de la Cofradia de Nuestra Señora de la Soledad y San Bartolomé del año 1586:

En la villa de Alcalá del Río, en jueves, catorce días del mes de agosto de mil quinientos y ochenta y seis años, el Sr Juez, en cumplimiento de su comisión y de los Sres jueces apostólicos del Subsidio, hizo (com)parecer ante sí y (com)pareció ante mí, el presente escribano, a Antón Domínguez, vecino de esta villa, escribano de la Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad y San Bartolomé de esta villa, que están insertas, por ausencia del mayordomo de las dichas cofradías, del cual el Sr Juez le pidió que entregase el libro donde están asentadas las posesiones y tributos y rentas que tienen las dichas cofradías. El que lo recibió luego que el señor juez, ante mí el presente escribano público, y por él parece que las dichas Cofradías tienen de rentas allá siete mil y quince maravedíes, sin cargo ninguno, sino los ordinarios de la Cofradía. Y luego, el Sr Juez recibió juramento del dicho Antón Domínguez en forma de derecho, con cargo de lo cual prometió decir verdad. Siendo preguntado, diga y declare si las dichas Cofradías tienen que tributar … ,a lo cual dijo que no más de los que tiene, que es un libro que tiene exhibido al Sr Juez. Y que tiene un Hospital en esta villa que se nombra de San Bartolomé, donde se recogen los cofrades para hacer sus cabildos, y los pobres mendicantes, y les dan esteras de enea, cama a los que allí vienen, y que esa es la verdad para el juramento que hizo. Firma y ratifica y que es de edad de veinticinco años. Y lo firmó de su nombre.”

(Archivo Arzobispado de Sevilla, mesa capitular. Subsidios, 1586)

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